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Las Comunidades deberán presentar en Hacienda el modelo 347

El Real Decreto 828/2013 publicado en el BOE el 26/10/13, establece que con efectos de 1 de enero de 2014 estarán obligados a presentar la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) "las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal".

Las comunidades que desarrollara actividades empresariales o profesionales según la normativa del IVA, como ejemplo de actividad empresarial sería el arrendamiento de un local de la comunidad, eran las que hasta ahora sólo tenían la obligación de declarar por el modelo 347, además de las declaraciones de IVA y modelo 184.

Pero a partir de 1 de enero 2014 esa obligación se extiende a aquellas comunidades de propietarios que no desarrollen actividades empresariales y que realicen operaciones que terceras personas, ya sean albañiles, fontaneros, empresas de ascensores, etc., que durante el año superen los 3.005,06€. Por tanto, los administradores tendremos que llevar una contabilidad más detallada y estar muy pendientes de aquellos proveedores que quieran facturar por encima de los 3.005,06€.

Estas declaraciones sobre modelo 347 tendrán un cómputo anual y deberá presentarse en el mes de Febreo, así las declaraciones correspondientes al año 2014 deberá presentarse en Febrero de 2015.